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FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 2011/08/01
Código del Sitio fa9782 Código Declaración de privacidad 15567
grupo Derecho y leyes prácticas
RESUMEN DE LA PREGUNTA
Estoy enfermo, mi padre cubre mis gastos y no cuento más capital para pagar la compensación de mis ayunos ¿acaso aun así es obligatorio para mi pagar la compensación? ¿Cuál es el monto de la compensación de este año?
cuestión
Hola, yo imito al Aîatul.lah Jameneî. Desde hace varios años debo una compensación de dos días por no haber ayunado a propósito. Considerando mi enfermedad y lo difícil que me es ayunar, por el gran consumo de medicinas no tengo la capacidad para realizar 2 ayunos en compensación (120 días de ayuno), y considerando carezco ingresos, que tampoco trabajo y que la compensación por no ayunar a propósito no se encuentra bajo la responsabilidad del tutor, quería saber ya que no puedo pagar el monto de la compensación con el dinero que mi padre me ayuda, ¿acaso debo pagarla con ese dinero? Y ¿de cuánto es el monto la compensación de este año?
Un breve

En base al dictamen de los juristas, aquél que a propósito come en un ayuno obligatorio sin pretexto, tiene la posibilidad de elegir una de estas tres compensaciones.

Primera, deberá poner en libertad a un esclavo, y puesto que en la actualidad no hay esclavos, por ello esta forma es inválida.

Segunda, ayunar durante dos meses (31 días en forma continua y no hay inconveniente si el resto no es en forma continua).[1]

Tercera, saciar a 60 indigentes o a cada uno debe dar una porción de comida que equivale a 750 gramos, es decir trigo, cebada o parecido a éstos. Si esto no le es posibles deberá dar alimento a los indigentes en la medida de sus posibilidades, y si no le es posible dar alimento, deberá implorar por perdón a Dios. Aunque por ejemplo una vez diga istagfural.lah y la precaución obligatoria en esta última forma es que en el momento que pueda debe pagar la compensación.[2]

Por lo tanto si no le es posible pagar toda la compensación, dé las porciones de alimentos que pueda a los indigentes, y si esto tampoco es posible sólo implore perdón a Dios, y en el momento que pueda pague la compensación.

En base al precio anunciado para el trigo este año (Ramadân 1431/2010), es decir 5000 riales por kilo, el precio de cada porción (750 gramos) es de 3,750 riales que para 60 indigentes serán 225,000 riales.

Índices relacionados:

1. Compensación por el ayuno, preg.1965 (página web, preg.1990).

2. Las tres compensaciones, preg.7378 (página web, preg.7530).



[1]– Jomeînî Ruhul.lah Taudîh Al-Masâ’il (Al-Mahshâ), t.1, p.928, asunto 1661.

[2]– Ídem, asunto 1660.

Respuestas detalladas
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