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FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 2010/07/03
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RESUMEN DE LA PREGUNTA
¿Cuáles son las condiciones que debe reunir el Gobernante Islámico
cuestión
¿Cuáles son las condiciones que debe reunir el Gobernante Islámico
Un breve

Las principales condiciones que debe reunir el Gobernante Islámico son: Conocimiento profundo de la leyes islámicas (fiqáha); Ser justo y poseer capacidad para dirigir la sociedad islámica. En el principio ciento nueve la Constitución de la República Islámica se han señalado estás tres condiciones, diciendo:

Condiciones y atributos del dirigente:

1. Capacidad científica necesaria para emitir juicios legales en los distintos apartados de la ley islámica.

2. Ser justo y poseer el temor de Dios necesario para gobernar a la comunidad islámica.

3. Poseer la visión política y social adecuada, inteligencia, valentía, capacidad de administrar y el poder suficiente para gobernar.

Respuestas detalladas

Basándonos en las pruebas mencionadas sobre el Gobierno del Doctor de la Ley, puede tener el poder para asumir el gobierno de la sociedad islámica quien haya alcanzado un conocimiento profundo de la leyes islámicas (fiqáha) y pueda deducir leyes islámicas a partir de las fuentes establecidas.

En los hadices se ha mencionado a estas personas diciendo: “Los trasmisores del hadiz o de las prácticas de los Imames Purificados (a.s.).” Es claro que quien puede presentar un hadiz o una práctica como hadiz o práctica de los Imames Purificados es el Doctor de la Ley, es decir el muchtahid, el cual conoce exactamente los problemas que pueden aparecer al confrontar diversos hadices y la manera de resolverlos; posee una información completa de la validez de las distintas cadenas de trasmisión de los hadices y de las cuestiones relativas a todo ello.

Es posible que la razón de que en los hadices se utilice la expresión: “Los trasmisores del hadiz o de las prácticas de los Imames Purificados (a.s.)” sea que en aquella época no se utilizaban los términos “Doctor de la Ley” (faqíh) o muchtahid en el sentido que tienen hoy en día. O puede que la causa sea que en esa época los Doctores de la Ley eran transmisores de hadices pero no todos los trasmisores de hadices eran Doctores de la Ley. En cualquier caso, una de las condiciones del gobernante de la sociedad islámica en el periodo de la Ocultación (del Imam Al-Mahdi) es poseer un conocimiento profundo de la leyes islámicas (fiqáha), en el sentido de poseer capacidad absoluta para establecer juicios legales (Echtehád mutlaq), es decir, capacidad para deducir el juicio correcto a partir de la fuentes originales en todos los apartados de la ley islámica y que esa capacidad no esté limitada a algunos apartados de la ley únicamente, hecho al que se denomina: “Capacidad de deducción parcial” (Ectehad Mutayazzí).[1]

Otra condición que debe poseer el gobernante islámico es la justicia (‘edálat).

A pesar de que esta condición no aparece mencionada en las pruebas trasmitidas (adel.leie naqlí) relativas al Gobierno del Doctor de la Ley, la razón juzga que no se puede entregar el gobierno de una sociedad soportada sobre una creencia a alguien que no se ciña en la práctica a tal creencia y a las leyes que se derivan necesariamente de ella.

Por otro lado, poseemos aleyas y hadices que rechazan la obediencia al pecador y al injusto o al gobierno de los mismos.[2] Tales como la noble aleya: Y no obedezcas a quien Nosotros hemos hecho que su corazón esté distraído de Nuestro recuerdo, que sólo sigue sus pasiones y actúa de manera inmoderada.[3]

En la obra Usul Al-Kafí se ha trasmitido un hadiz del Imam Baqir (a.s.) en el que el Imam relata que el Mensajero de Dios (s.) dijo: No es adecuado que la autoridad espiritual y el gobierno temporal lo detente nadie que no posea tres características:

1. Ser pío (wara’a), de manera que su contención le impida cometer pecados.

2. Ser indulgente y paciente (hilm), de manera que por medio de ello pueda controlar su enfado y su cólera.

3. Ser bueno y bondadoso con aquellos a quienes gobierna, de manera que sea como un padre misericordioso para ellos.[4]

En ese mismo hadiz se menciona otra condición que también la razón atestigua: “La capacidad para administrar adecuadamente la responsabilidad de gobierno que ha asumido.”

Es decir, el Doctor de la Ley justo puede ser el gobernante de la sociedad islámica si posee la capacidad para dirigir esta sociedad.

Este asunto es algo que cualquier persona inteligente acepta[5] (ertekáze uqalá).[6]

Por tanto, las condiciones básicas del gobernante islámico son:

Capacidad para deducir leyes partiendo de las fuentes originales (fiqaha); ser justo (‘idálat) y poseer capacidad para dirigir la sociedad islámica.

En el principio 109 de la Constitución de la república islámica se han mencionado estas tres condiciones al decir:

Condiciones y atributos del dirigente:

1. Capacidad científica necesaria para emitir juicios legales en los distintos apartados de la ley islámica.

2. Ser justo y poseer el temor de Dios necesario para gobernar a la comunidad islámica.

3. Poseer la visión política y social adecuada, inteligencia, valentía, capacidad de administrar y el poder suficiente para gobernar.

El primer punto de este principio menciona la capacidad de deducir leyes en todos capítulos del derecho islámico (fiqh). Por eso dice que el dirigente tiene que poseer competencia científica en todos los capítulos del fiqh, no sólo en un capítulo.

El segundo punto hace referencia a la justicia del dirigente y, debido a que la justicia tiene varios niveles, en esta frase se ha insistido en que debe poseer la justicia necesaria para el gobernante de la comunidad islámica.

En la punto tercero se ha aclarado cual debe ser la capacidad del dirigente, con expresiones como: visión política y social correcta, inteligencia, valentía y capacidad para dirigir la sociedad islámica. Con ello se han señalado las características teóricas y prácticas necesarias para dirigir la sociedad.

Fuentes para mayor información:

Mahdi Hadawí tehraní, Welayat wa dionat, Muaseseie farhanguí Jaseie Jerad, Qom, Segunda edición, 1380.



[1] Cfr. Yawadí Amulí, Welayate Faqíh, p. 121-122; Seyed Kádem Háerí, Asás al-Hukúmat al-Islámiah, p. 247.

[2] Cfr. Montazerí, Wilayat ul-Faqíh, t. I, p. 289-300.

[3] Surat Ul-Kahf, aleya 28.

[4] Al-Koleyní, Al-Kafí, t. I, p. 407(Kitáb al-Hoyya, cap. Ma iayib minhaqqi al-imam ala Ar-Ra’iah, hadiz 8.

[5] Cfr. Montazerí, Wilayat ul-Faqíh, t. I, p. 319-327.

[6] El asunto que a juicio de la gente inteligente aparece como algo evidente se denomina “Ertekáze uqaláh”

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