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Las dos Escuelas, Shía y Mu'tazili (en árabe المعتزلة, al-mu'tazilah) consideran a la justicia como uno de los fundamentos de su religión, y cada una de estas escuelas cree en lo bueno y lo malo que dicta la razón, bajo este significado que existen asuntos que incluso si no fue dictado un mandato con relación a estos por parte del Legislador Sagrado (Dios), el intelecto humano por sí mismo puede distinguir lo bueno y lo malo de ello, y la opresión es también uno de estos asuntos que el intelecto de cualquier ser humano la considera malo. En base a este fundamento Dios no puede cometer un mal acto, y necesariamente Dios Único en Su comportamiento utiliza la justicia. La diferencia entre estas dos escuelas se encuentra en que los mu’tazili para salir de este callejón sin salida, atribuyen todas las conductas de los humanos a Dios y encontraremos que su recompensa y castigo se contradicen con la justicia. Ellos ponen en duda la unidad de los Actos Divinos, pero la shía considerando la unidad de los Actos Divinos y suponiendo dependiente a la conducta de la humanidad, al mencionar que los actos de la humanidad se encuentran paralelos a los Actos de Dios y no en contra de estos, sin dejar de creer en la Justicia de Dios, sale de este callejón sin salida.
La diferencia entre los mu’tazili y los shías respecto al asunto de la justicia se origina de este punto que a pesar de que los dos grupos han presentado a la justicia como uno de los fundamentos de su religión, pero los mu’tazili para comprobar la justicia pusieron en duda la unidad de los Actos Divinos. La unidad de los Actos Divinos significa que el autor de todos los actos, sean buenos o malos es Dios, y fuera de Él no existe ningún otro autor, y básicamente mientras Dios no decida no ocurrirá ningún acaecimiento.[1] Parece como si para los mu’tazili se haya presentado esta duda que si el autor de todos los actos buenos y malos es Dios, entonces ¿cómo la recompensa y el castigo, el Paraíso y el Infierno podrán adaptarse a la justicia? Por lo tanto no debe ser aceptada la unidad de los Actos Divinos y el acto de cada persona debe ser considerado de ella misma, y no de Dios para poder valorar la recompensa y el castigo según la justicia.
Pero la shía sostiene la creencia que la unidad de los Actos Divinos no se contradice con los deseos de la humanidad y es posible que la decisión del ser humano se coloque paralela a la decisión de Dios, aunque sin la decisión de Dios el ser humano no puede realizar sus deseos. Sin embargo puede sostenerse la creencia de que Dios decidió, para que paralelo al extenso poder de Él y no en contra de Él, otorgar libertad limitada a los seres humanos y en base a esto los recompensa o castiga.
Para más información en este campo, atraemos su atención en parte de un artículo escrito a este respecto:
Lugar que ocupa la justicia en la creencia de los mu’tazili
Los mu’tazili sostienen que algunos de los actos en realidad son considerados justicia y otros opresión. Como ejemplo la recompensa de Dios a los bienhechores y el castigo a personas malhechoras, que en realidad este acto coincide con la justicia, y es imposible que Dios actúe contra esto, ya que Dios es justo y nunca se muestra opresor hacia nadie, y la tiranía es un acto malo en Dios.
Este grupo aceptó la distinción entre la bondad y la maldad racional y en esencia.
Al igual que el martir Mutaharî escribió: “Sostienen que el fundamento de lo bueno y lo malo de los objetos, tal y como son los criterios y las medidas de los actos humanos, puede ser los criterios y las medidas de los Actos Divinos… Dicen que la justicia por sí es buena, y la opresión por sí es mala. Dios que es intelecto interminable, y Otorgador de la gracia a todos los intelectos, nunca deja de realizar los actos que el intelecto considera buenos, ni realiza tampoco los actos que el intelecto considera malos”.
Los mu’tazili sostienen que el intelecto de los seres humanos tiene independencia para distinguir entre lo bueno y lo malo de las cosas, y además de lo dicho por el Legislador, puede distinguirse la bondad en esencia de algunos actos tales como, justicia, honradez, continencia, abstinencia y otros. Así también puede distinguirse la maldad en esencia de algunos actos tales como, mentir, traicionar, ser deshonesto y otros. Por lo tanto los actos en su esencia antes de que Dios dictamine sobre ellos, tienen bondad o maldad en esencia. Y este asunto por sí tiene como consecuencia otros asuntos que algunos de estos corresponden a los asuntos Divinos y otros incumben a los del ser humano. Respecto a que ¿acaso la creación de los objetos tiene o no un propósito?
Debemos decir que los mu’tazili desde la perspectiva que tienden por la justicia, niegan la unidad de los Actos Divinos y sostienen que la necesidad de la unidad de los Actos Divinos es que el ser humano por sí no sea el creador de sus propios actos, sino que Dios sea el creador de sus actos, y esta opinión se encuentra en contra de la Justicia Divina, y también en contra de los ashariyyah que niegan la libertad y la autoridad del ser humano.
Por lo tanto, puede percibirse el rango que ocupa la justicia desde el punto de vista de los mu’tazili, que por qué al igual que los sabios shías consideran a la justicia dentro de los fundamentos de la fe y de las creencias, y lo colocaron como el segundo fundamento dentro de los cinco fundamentos de ellos.
Por lo tanto los mu’tazili en su opinión ofrecieron a la unidad de los Actos Divinos por la justicia, y los ashariyyah en su opinión ofrecieron a la justicia por la unidad de los Actos Divinos. Pero en realidad los mu’tazili no pudieron justificar a la justicia en forma correcta ni tampoco los ashariyyah llegaron a entender los fundamentos de la unidad de los Actos Divinos”.
Esta descripción habla de la diferencia fundamental entre los ashariyyah y los mu’tazili respecto al asunto del monoteísmo y de la justicia.
La Justicia desde el punto de vista de los imamitas
Los sabios shías inspirándose en la revelación del Corán y en las palabras del Mensajero del Islam (s.a.w.) y su Ahl Bayt (a.s.) aceptaron el asunto de la justicia como el segundo fundamento de los cinco fundamentos de la religión, creencia de los shías, y sostienen que: el intelecto distingue lo bueno y lo malo intelectual y esencial de los actos. Es decir algunos de los actos desde la perspectiva esencial son buenos y bellos, y otros también son malos y desagradables. El intelecto del ser humano sin considerar el dictamen del Legislador en forma independiente puede percibir lo bueno y lo malo de algunos actos; tal y como el dictamen del intelecto sobre lo bueno de la justicia y lo malo de la opresión. Por ello Dios no ordena a menos que los actos buenos y dignos, y no prohíbe a menos que los actos malos e indignos, y los mandatos legales religiosos también se encuentran en la órbita de los beneficios y de las corrupciones reales, y en la cosa en sí que dependen de ellos. En base a esto cualquier cosa que en realidad tenga corrupción el Legislador la prohíbe puesto que Él no realiza actos malos ni desagradables. Por lo tanto Dios es Justo. El mártir Mutaharî a este respecto dijo: “Dios otorga Sus gracias y favores, y así también Sus castigos y beneficios en base a los méritos en esencia, y en el sistema de la creación existe la justicia Divina especial desde la perspectiva de la gracia y del favor, del castigo y la recompensa”.
Las dos Escuelas Mu’tazili y Shî’ah condicen en muchos de los asuntos doctrinales y es por ello que ante los ashariyyah son famosos como “’adliyyah”, no obstante entre las dos escuelas existen diferencias. Como ejemplo, en la Escuela Shía fue aceptado el fundamento de la justicia en el significado completo de sí mismo, sin dañar la unidad de los Actos Divinos o la unidad en Esencia Divina, y en esta forma la justicia se encuentra a la par de la Unidad. En esta escuela se comprobó la autenticidad de la justicia y el respeto del intelecto, la personalidad libre e independiente del ser humano, y el sistema intelectual del mundo sin dañar a la unidad en Esencia Divina ni a la unidad de los Actos Divinos. El libre albedrío del ser humano fue confirmado sin que el ser humano se muestre como socio en las pertenencias Divinas, y sin que el deseo humano domine sobre el Deseo Divino. Lo predestinado por Dios fue comprobado en toda la existencia sin que su resultado sea el obligar al ser humano ante lo predestinado Divino.
Pero los mu’tazili consideran que la “justicia” se encuentra en la unidad de los Atributos Divinos y no en la unidad de los Actos Divinos, puesto que ellos opinan que la unidad de los Actos Divinos está en contra de la Justicia. Así también los mu’tazili opinan que la unidad de los Atributos Divinos es bajo el significado de que la esencia carece de cualquier atributo, y no pudieron comprobar la realidad concreta de los atributos con la esencia. Contrario a la unidad de los Atributos Divinos de la shía que es bajo el significado de realidad concreta de los atributos con la esencia. Y también la unidad de los Actos Divinos shías es diferente a la unidad de los Actos Divinos de los ashariyyah. La unidad de los Actos Divinos de los ashariyyah es bajo este significado que ninguna existencia tiene efecto a menos que todos sus efectos sean a través de Dios en forma directa, por lo tanto el creador de los actos de los siervos en forma directa también es Dios, y el siervo no es el creador de sus actos.
Pero la unidad de los Actos Divinos en la shía es bajo este significado que el sistema de los medios y las causas tiene autenticidad y cada efecto al mismo tiempo que depende de una causa cercana a sí mismo depende también de Dios, y estas dos se encuentran paralelas una a la otra y no en contra.
Entonces la Unidad desde el punto de vista shía comprende de la unidad en la Esencia Divina, de la unidad en el Culto, de la unidad en los Atributos Divinos y de la unidad en los Actos Divinos que armonizan con el fundamento de la Justicia Divina. Por lo tanto los sabios shías imamitas inspirándose en la revelación celestial y contando con el poder del razonamiento y la reflexión en los conocimientos islámicos, y teniendo las súplicas y las narraciones discursivas, en especial los discursos milagrosos del Imam ‘Alî (a.s.) como el primer diseñador de debates racionales profundos en las enseñanzas islámicas pudieron, protegiendo la unidad islámica de la existencia y las creencias definitivas del Islam ante un gran número de actuales y nuevas dudas del mundo de la incredulidad en contra del mundo del Islam, defender en forma sabia, razonable y estable. Por ello es que la mayoría de los filósofos islámicos son shías y pudieron dar continuidad a la filosofía islámica, al igual que los historiadores de la Escuela Sunita confiesan que el intelecto shía desde la antigüedad fue un intelecto filosófico. Es decir el pensamiento shía desde la antigüedad fue argumentativo y racional.
Por ello los sabios shías bajo la influencia de las enseñanzas y favores de los Inmaculados Imames (a.s.) pudieron percibir el rango y la importancia principal de la Justicia Divina en la tradición Divina y en la conducta Divina de los maestros de su escuela de la revelación, y también comprobarlo para la gente del mundo.
Por lo tanto el fundamento de la justicia en la Escuela Shía ocupa un lugar privilegiado, ya que después del fallecimiento del maestro de la Escuela de la Revelación, Muhammad Mustafâ (s.a.w.) el discípulo privilegiado de este honorable es decir ‘Alî Ibn Abî Tâlib (a.s.) fue el primer líder de la Shía siendo estos dos símbolo de la justicia, igualdad y completo enamoramiento del derecho y la justicia. Si la justicia se transformara de la mente a la vista y se corporizara, primero se volvería Muhammad (s.a.w.) y después de él ‘Alî (a.s.), y la esencia de estos dos ejemplos completos de seres humanos, también si se expandiera espiritual y mentalmente, sería la misma justicia. Ya que estos dos son la tradición Divina de quienes la justicia mana de toda su existencia. Al igual que Dios Sublime respecto a la conducta del Mensajero del Islam (s.a.w.) dice:
«لَقَدْ كانَ لَكُمْ فِى رَسُولِ اللهِ أُسْوَةٌ حَسَنَةٌ...»
“Ciertamente, en el Mensajero de Al.lah tenéis un buen modelo…”.
No sólo Dios elogió la conducta de él, sino que recordó a los seres humanos que es necesario seguir su conducta, recordando a este honorable como un ejemplo perfecto para toda humanidad en todas las épocas.[2]
[1]– Al-Insān [76:30]; At-Takwīr [81:29] y otros.
[2]– Para más información de las fuentes de esta información: Recurrir a: “Explicación de la Justicia Existencial y Legislativa”.